Alcaldía denuncia que gerente del Hospital omite directrices de la junta directiva
A través de un comunicado, la Alcaldía Municipal dejó ver que la gerencia del Hospital de Baranoa hace caso omiso a llamados para que se convoque asamblea en la que se traten temas que permitan fortalecer el centro asistencial.
Redacción Baranoa HoyLOCAL »
La Alcaldía de Baranoa, a través de una misiva publicada la noche del pasado sábado, se pronunció con respecto a la denuncia que un portal de noticias local había hecho y donde había manifestado que “el gerente del Hospital de Baranoa ha convocado la junta directiva de la ESE (el Hospital) a reunión en varias oportunidades y el alcalde municipal, Lázaro Escalante Estrada, no asiste”.
Las reuniones de las que se habla serían para tratar temas de informe presupuestal y cuentas por pagar de la entidad prestadora de salud, según señala el comunicado: “la junta directiva, para proceder a aprobar las cuentas por pagar, debe contar con los soportes de tipo financiero”. No obstante, estos comprobantes no eran entregados, razón por la que no se contaban “con herramientas suficientes para impartir aprobación por parte de este órgano colegiado (la Alcaldía)”.
Sin embargo, según deja ver la carta, la junta directiva del Hospital de Baranoa ya habría solicitado al gerente una asamblea extraordinaria porque “no se ha surtido la primera de la vigencia 2018 y la junta debe estudiar varios temas de suma relevancia como el informe presupuestal que debe rendir el Gerente de la E.S.E.”. Sin embargo, mientras no se convoque a este tipo de reuniones, el tema no se incluiría en la orden del día.
La Alcaldía señala además que Pedro Araújo Zárate, encargado de la gerencia del Hospital, realizó nueva convocatoria a una “reunión extraordinaria”, lo cual, según la Administración, “no es el procedimiento a seguir”, ya que omite directrices de la junta directiva y, a la fecha, tampoco habría hecho presentación de los informes financieros y ejecución presupuestal.
Cabe resaltar que la junta directiva del Hospital de Baranoa, José de J. Gómez Heredia, fue reglamentada mediante el acuerdo número 008 de 2013 y en su artículo 21 establece que deben realizarse reuniones ordinarias cada dos meses y reuniones extraordinarias a petición del gerente o presidente o cuando una tercera parte de la junta lo requiera.
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